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BIENESTAR SOCIAL - Subvenciones para la formación en enseñanzas elementales y profesionales de música y danza. FASE INICIAL

Descripción

Regular la concesión de ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva, para jóvenes estudiantes del municipio que cursen estudios de enseñanzas elementales y profesionales de música y danza, en edades comprendidas entre los 6 y 14 años.

Finalidad

Regular la concesión de ayudas económicas destinadas a distinguir, promocionar y reconocer el rendimiento académico y la cultura del mérito y la excelencia de niños y niñas estudiantes que cursen Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza.

Quien lo puede presentar
Podrán obtener la condición de beneficiarios/as de estas ayudas quienes reúnan los siguientes requisitos en el momento de presentación de solicitudes:

a) Personas físicas de edad comprendida entre 6 y 14 años ambos inclusive (nacidos entre 2011 y 2019), empadronadas en el municipio de Burjassot, con al menos UN (1) AÑO de antigüedad en el padrón municipal, en el momento de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Este requisito se comprobará de oficio por el Ayuntamiento.

b) Estar cursando estudios de música y/o danza, de grado elemental o profesional, durante el curso 2024/2025 en centros homologados. A efectos de estas ayudas, se considerarán válidos los centros que forman parte de la red de conservatorios profesionales de Música y Danza de la GVA, o los centros adscritos a ella, que imparten enseñanzas regladas y reguladas por la Conselleria de Educación.

c) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería Territorial de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Burjassot. La acreditación del cumplimiento de la obligación de estar al corriente con el Ayuntamiento de Burjassot se realizará de oficio por el Ayuntamiento, mediante la expedición de certificación administrativa positiva, de conformidad con el artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones.

d) No encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) No tener reintegros pendientes de subvenciones de ejercicios anteriores.

f) No percibir ayudas o subvenciones destinadas al mismo fin, que resulten incompatibles con la presente ayuda, y que, en caso de ser compatibles, no superen   conjuntamente el coste del gasto subvencionado.
Plazos de presentación
20/05/2025 09:00:00 - 09/06/2025 23:59:00
Presentación

Sede electrónica.

Servicio de Atención Ciudadana.

Órgano gestor

Bienestar Social.

Plazo de resolución

6 meses.
Art. 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2016. Art. 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos

Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses).
Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes).

Normativa básica

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículos 13 e) y 14 e).

Ordenanza general reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Burjassot publicada en BOP nº 105, el 31/05/2024.

Ley 39/2015 del Procedimento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Convocatoria.


Información adicional

A instancia de parte se pueden presentar solicitudes de participación en las subvenciones.

Si actúa en nombre y por cuenta de un representado debe presentar la siguiente documentación:

Otorgamiento de Representación

Documentación relacionada
Declaración Responsable

instancia

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar
Documentacion requerida
Instancia Solicitud
Modelo de solicitud de subvención en la que se indica la documentación que tienen que presentar que incluye declaración del interesado.
DNI de la persona solicitante.
DNI del representante (padre / madre o tutor del menor) en caso de trámite presencial.
DNI del menor o Libro de familia o documento que acredite el lugar de residencia y la edad del menor solicitante.
Resguardo de matrícula en el Centro de formación y/o documento similar que acredite la matrícula.
Planificación y programación del curso de la actividad artística de la persona interesada con horarios detallados de clases y estudio.
Presupuesto detallado de gastos por conceptos e importes.
Certificados y otros documentos donde se acrediten los criterios de valoración establecidos en el artículo 6 de la presente convocatoria.
Declaración responsable de no incursión en prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria de subvención.
Otorgamiento de representación
La solicitud esta fuera de plazo
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