SERVICIOS SOCIALES - Convocatoria AYUDAS COMEDOR EDUCACIÓN INFANTIL

El objeto de la presente convocatoria es establecer las condiciones para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, por parte del Ayuntamiento de Burjassot de ayudas para sufragar parte de los gastos de comedor de menores que residan en el municipio de Burjassot o cuyos progenitores/as, tutores o acogedores tenga su domicilio laboral en el municipio de Burjassot y se encuentres escolarizados en el curso 2026-2027 en Primer Ciclo de Educación Infantil en centros ubicados en el municipio.

La finalidad de estas ayudas es promover la escolarización infantil no obligatoria mediante el apoyo a la alimentación.

El pago de las Ayudas para sufragar parte de los gastos de comedor de personas menores de edad escolarizados en el curso escolar corriente en educación infantil de 0 a 3 años.


Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas para sufragar los gastos de comedor las niñas y niños, escolarizados en el curso escolar 2026/2027, que estén empadronadas y/o que acrediten la convivencia en el municipio de Burjassot o bien cuyos  progenitores/as, tutores/as, curadores o acogedores tengan su domicilio laboral en el municipio de Burjassot  y que en el curso 2026-2027, vayan a ser escolarizados/as en educación infantil de primer ciclo de 0 a 3 años en cualquiera de los centros de educación infantil del municipio de Burjassot.
12/09/2026 09:00:00 - 26/09/2026 23:59:00

Sede electrónica.

Servicio de Atención Ciudadana.

Registro de Entrada de Servicios Sociales.

CONCEJALIA DE SERVICIOS SOCIALES. Departamento Servicios Sociales.

6 meses.
Art. 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2016. Art. 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Desestimatorio

Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses).
Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes).

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza Reguladora de las bases que han de regir para la concesión de las subvenciones destinadas a las prestaciones económicas individualizadas en materia de servicios sociales (PEISS).
Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana.
Ley 39/2015, de 1 de octubre,  del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Si actúa en nombre y por cuenta de un representado debe presentar la siguiente documentación:

Otorgamiento de Representación

Declaración Responsable

Instancia

Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentacion requerida
Instancia Solicitud
Modelo de solicitud de subvención en la que se indica la documentación que tienen que presentar que incluye declaración del interesado.
DNI/NIE/Pasaporte mayores 16 años.
Libro de familia.
Sentencia de divorcio o separación y convenio regulador.
Certificado prestación por desempleo SEPE.
Certificado de pensiones INSS.
Contrato de trabajo y dos últimas nóminas.
Declaración de IRPF del ejercicio anterior.
Declaración jurada de ingresos (trabajadores autónomos, inmigrantes en situación irregular...).
Certificado de diversidad funcional (discapacidad).
Declaración Responsable de circunstancias.
Que ha efectos que sean tenidas en cuenta en mi solicitud de ayuda para sufragar los gastos de comedor de personas menores de edad escolarizados en el curso actual en educación infantil de 0 a 3 años.
Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
Certificado de titularidad de la cuenta bancaria facilitado por la entidad financiera y firmado electrónicamente por la entidad financiera. Se aportará este documento únicamente si el Departamento de Tesorería no dispone de él o si, disponiendo del mismo, se ha producido un cambio en los titulares de la cuenta.
Otorgamiento de Representación.
Si actúa en nombre y por cuenta de un representado debe presentar la siguiente documentación.
Otros.
En este apartado se podrá adjuntar otros documentos acreditativos no recogidos en los anteriores puntos.
La solicitud esta fuera de plazo