Descripción
Recompensa económica para los comercios, servicios y empresas de Burjassot que hayan hecho uso del valenciano en las actividades de estos entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024 para fomentar el uso normal y normativo estándar del valenciano en el municipio a través de la rotulación y del material imprimido (albaranes, bolsas, facturas, diseños), y de las nuevas tecnologías (páginas web, videos, redes sociales...).
Finalidad
Recompensa económica para los comercios, servicios y empresas de Burjassot que hayan hecho uso del valenciano en las actividades de estos entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024 para fomentar el uso normal y normativo estándar del valenciano en el municipio a través de la rotulación y del material imprimido (albaranes, bolsas, facturas, diseños), y de las nuevas tecnologías (páginas web, videos, redes sociales...).
Recursos
Se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la provincia de València, en el plazo de 2 meses desde su publicación.
Normativa básica
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza general reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Burjassot.
Ley 39/2015 del Procedimento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Convocatoria.