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Premios al Uso del Valenciano en Redes Sociales 2025

Descripción

Recompensa económica para los asociaciones de Burjassot que hayan hecho uso del valenciano en los redes sociales a través de publicaciones en sus cuentas de Facebook, Instagram, X (antiguo Twitter) y YouTube entre el 1 de julio del año anterior y el 30 de junio del año en curso para fomentar el uso normal y normativo estándar del valenciano en el municipio.

Finalidad

Recompensa económica para los asociaciones de Burjassot que hayan hecho uso del valenciano en los redes sociales a través de publicaciones en sus cuentas de Facebook, Instagram, X (antiguo Twitter) y YouTube entre el 1 de julio del año anterior y el 30 de junio del año en curso para fomentar el uso normal y normativo estándar del valenciano en el municipio.

 

Quien lo puede presentar
Asociaciones  legalmente constituidas del municipio de Burjassot que hayan hecho uso del valenciano en las actividades propias de estas para fomentar el uso normal y normativo estándar del valenciano en el municipio a través de publicaciones en sus cuentas de redes sociales. Las entidades tienen que estar inscritas en el Registro de asociaciones vecinales y tienen que cumplir los requisitos previstos en el artículo 8 de la Ordenanza general reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Burjassot y en el resto de normativa juridicoadministrativa sobre subvenciones.
Plazos de presentación
04/07/2025 09:00:00 - 24/07/2025 23:59:00
Presentación

Sede Electrónica.

Órgano gestor
Normalización Lingüística
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses.  El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, excepto que ésta proponga sus efectos a una fecha posterior.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos

Se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la provincia de València, en el plazo de 2 meses desde su publicación.

Normativa básica

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el  Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza general reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Burjassot.
Ley 39/2015 del Procedimento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Convocatoria.

Información adicional
Mediante los Premios al Uso del Valenciano en los Redes Sociales, el Ayuntamiento de Burjassot quiere reconocer la labor de normalización de nuestra lengua que llevan a cabo los asociaciones locales.
Es tendrán en cuenta los publicaciones que hayan hecho en sus cuentas de redes sociales (Facebook, Instagram, Twitter y YouTube) entre el 1 de enero y el 30 de junio del año en curso.

El texto íntegro de la convocatoria está disponible en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento.

Para cualquier duda, podéis poneros en contacto con Aviva Burjassot telefoneando al 666 469 273 o escribiendo a aviva@burjassot.es.
Documentación relacionada
Declaració responsable

Full de mantenimient de tercers

Instància

Memòria

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar
Documentación requerida
Instancia Solicitud.
Instancia específica subscrita por la entidad solicitando la subvención donde se indique el premio al cual se opta y el año de la convocatoria, se identifique el CIF correspondiente y, en su caso, también el de su representante (con expresión de su DNI, NIF o NIE).
Declaración responsable.
Declaración responsable del hecho que no se incurre en ninguno de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 LGS; del hecho que la documentación aportada no ha sido utilizada ni lo será en el futuro para justificar otras subvenciones, y de las ayudas o subvenciones otras entidades que el interesado haya percibido para este tipo de actividad en el ejercicio actual.
Memoria sobre actividades de fomento del uso de valenciano.
Memoria de las actividades realizadas. Esta tiene que contener una propuesta breve de trabajo para el futuro, así como un enlace en las redes sociales en las cuales se ha hecho fomento del uso del valenciano normativo estándar a través del contenido que se haya publicado entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2024, que constituye la documentación de valor probatorio que acredita la ejecución de las dichas actividades. Específicamente se valorará el contenido textual de las publicaciones en las cuentas propias de la agrupación, tanto si se presenta integrado en una publicación de texto como de imagen o video (únicamente texto oral). No será justificable el contenido elaborado por terceros y compartido por la entidad en sus redes ni el contenido temporal que desaparezca transcurrido un periodo de tiempo determinado. Tampoco se valorará el contenido oculto o privado, por lo cual el enlace que figuro en la memoria tiene que conducir a una cuenta que permita la visualización del contenido sin necesidad de claves o permisos adicionales.
Ficha de mantenimiento de Terceros.
Ficha de mantenimiento de terceros cumplimentada y firmada por la entidad bancaria o acompañada por el certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta. Indica el número de cuenta al cual se tiene que efectuar la transferencia en caso de que la parte interesada resulte ganadora.
Certificado estar al corriente AEAT.
Certificado acreditativo del hecho de que la parte interesada se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal Tributaria. Este documento únicamente es obligatorio en caso de oposición a consulta.
Certificado de estar al corriente Seguridad Social.
Certificado acreditativo del hecho de que la parte interesada se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. Este documento únicamente es obligatorio en caso de oposición a consulta.
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Ayuntamiento de Burjassot
  • Plaza Emilio Castelar, 1, 46100 Burjassot (Valencia)
  • 963 16 05 00
  • registro@ayto-burjassot.es
  • http://www.burjassot.org