Autorizaciones de disparo de manifestaciones festivas

Autorizaciones de disparo de manifestaciones festivas y otros.
Autorizaciones de disparo de manifestaciones festivas y otros.
Asociaciones del municipio.
Semana fallera: desde el 1 de diciembre del año anterior hasta el 15 de enero del año en que se celebra.
Fiestas patronales: desde el 1 de mayo hasta el 15 de junio
Resto del año: un mes de antelación.
Registro Presencial de Entrada (SAC) o Sede electrónica.
Concejalía de fiestas y fallas.
No procede
Recurso contencioso-administrativo (plazo de interposición: dos meses).
Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes).
  • Bandos de pólvora
  • Ley 14/2010, de 3 de diciembre , de la Generalitat, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
  • Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el cual se aprueba el desarrollo de dicha ley 14/2010.
  • Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Real decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería (ITC 8 y 18).
  • Ordenanza municipal reguladora de la convivencia ciudadana, aprobada por pleno el 22 de febrero de 2022.
En caso de disparo de más de 50 kg NEC:
Tasa 054 del Ministerio de Industria https://sede.administracionespublicas.gob.es/tasaspdf
Si actúa en nombre y por cuenta de un representado debe presentar la siguiente documentación:
otorgamiento de representación
Instancia

Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentación requerida
- Recibo del seguro de responsabilidad civil de la entidad organizadora
- Solicitud al Ayuntamiento (entidad organizadora) en caso de disparo de manifestaciones festivas.
- Programa detallado del acto, lugar, recorrido y horario (instancia de manifestaciones festivas subdelegación del gobierno) en caso de disparo de manifestaciones festivas.
- Relación de los artificios, descripción de su funcionamiento, NEC por artificio y total (instancia de manifestaciones festivas subdelegación del gobierno) en caso de disparo de manifestaciones festivas.
- Instrucciones de utilización tradicional de los artículos pirotécnicos (instancia de manifestaciones festivas subdelegación del gobierno) en caso de disparo de manifestaciones festivas.
- Características para el uso de artículos pirotécnicos en manifestaciones festivas (instancia de manifestaciones festivas subdelegación del gobierno) en caso de disparo de manifestaciones festivas.
- Resolución de autorización del ministerio de industria, energía y turismo, para fabricar, almacenar y transportar artículos pirotécnicos para su uso por consumidores reconocidos como expertos, en virtud del artículo 21.5 del reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, en el caso de utilizarse artículos sin marcado CE en el disparo de manifestaciones festivas.
- Justificante de ingreso de la tasa 054 del m. Industria. En caso de disparo de manifestaciones festivas de más de 50 kg NEC: https://sede.administracionespublicas.gob.es/tasaspdf
- Documentación acreditativa de la personalidad jurídica del grupo o grupos de consumidores reconocidos como expertos (CRE) participantes en el disparo de manifestaciones festivas.
- Relación detallada de las personas integrantes del grupo o grupos CRE, válida para la manifestación festiva cuya autorización se solicita y datos de las personas responsables de los grupos RGCRE.
- Justificación documental que los acreditan como RGCRE, válidos para la manifestación festiva cuya autorización se solicita (carnet RGCRE).
- Permiso escrito de los padres o tutores legales en caso de participación de menores de edad en manifestaciones festivas.
- Riesgos para los participantes del grupo y medidas de prevención y protección para paliar dichos riesgos, indicando, en su caso, la indumentaria y equipos de protección individual recomendados. Propuesta de las medidas de seguridad y emergencia previstas, tanto para los participantes como para espectadores de la manifestación festiva, así como, en su caso, la indumentaria y medidas de protección recomendadas para la interacción en el acto de terceras personas.
- Justificación documental de que el organizador ha suscrito un seguro de accidentes que cubra los posibles accidentes en caso de participación de CRE menores de edad en la manifestación festiva sin perjuicio del cumplimiento que se establece en la normativa autonómica o local sobre esta cuestión.